La legislación migratoria guatemalteca regula los diferentes estatus migratorios que una persona extranjera puede tener dentro del país. CASTRO BASTEGUIETA es una firma especializada en asesorías a extranjeros en este tema y acompañarlos en los procesos de obtención de residencias. Algunos de los conceptos que cualquier interesado en establecerse en Guatemala debe conocer son:
¿Qué es una Residencia?
La residencia es el estatus migratorio ordinario que permite a las personas extranjeras su permanencia en el país de forma temporal o permanente, según solicitud presentada.
Tipos de Residencias
Residencia Temporal: Tipo de residencia que permite a una persona extranjera su permanencia regular en el país por un periodo de uno a cinco años, el cual podrá prorrogarse.
Residencia Permanente: Tipo de residencia que se le otorga a una persona extranjera que además de cumplir con los requisitos legales, desea adquirir domicilio en el país.
Tipos de Residencia Temporal
Residencia para Trabajadores Migrantes: Se le otorga a las personas extranjeras para dedicarse al ejercicio de alguna actividad lícita, remunerada, bajo la dependencia y dirección de un patrono. Su plazo puede ser de 1 a 5 años.
Residencia para Estudiantes: Se le otorga a extranjeros por razones de estudio en cualquiera de los niveles educativos. Su plazo corresponde al ciclo educativo o la duración de los cursos universitarios correspondientes.
Residencia para Deportistas y Artistas: Es otorgada a personas que son contratadas para que presten sus servicios especializados como deportistas o artistas, su plazo dependerá de la duración de su contrato.
Residencia para Inversionistas: Otorgada a personas que realicen inversiones en el país, importante es que se deberá acreditar que la inversión es mayor a cien mil dólares. Su plazo puede ser de 1 a 5 años.
Residencia para Intelectuales, Investigadores y Científicos: Se le otorga a extranjeros que se dedican a actividades científicas, de investigación y académicas que sean contratadas por entidades para la realización de trabajos propios de sus conocimientos. Su plazo puede ser de 1 a 5 años.
Residencia para Ministros de Culto o Religiosos: Residencia otorgada a ministros o religiosos pertenecientes a una entidad religiosa reconocida oficialmente por el Estado. Su plazo puede ser de 1 a 5 años.
Tipos de Residencia Permanente
- Residencia para personas que han sido residentes temporales por un período igual o mayor de cinco años.
- Residencia por Matrimonio o Unión de Hecho con Guatemalteco.
- Residencia por ser familiar dentro de los grados de ley, de persona guatemalteca que tienen otra nacionalidad.
- Los nacidos en otros países de Centroamérica cuando han sido residentes temporales por un período de un año.
- Los rentistas o pensionados, que son las personas que han sido autorizadas para residir en el país y que cuentan con ingresos permanentes lícitos provenientes del extranjero.
Para CASTRO BASTEGUIETA será un gusto atender sus consultas y dudas respecto a este tema.